¿Qué permisos necesitas para hacer una reforma?

¿Qué permisos necesitas para hacer una reforma?

24/01/2020

Realizar la reforma de una vivienda es un momento estresante para toda persona que lo afronta. Es un proceso no especialmente sencillo pero sobre todo que requiere que se tomen muchas decisiones en un plazo corto de tiempo. Y esas decisiones tienen relevancia, dado que la distribución de una vivienda, los materiales o los acabados nos acompañarán, casi con seguridad, en las próximas décadas.

Realmente hay muchos aspectos que se deben tener en consideración antes de comenzar los trabajos. Entre los más importantes están los permisos para hacer una reforma.

En principio todo dependerá de la clase de inmueble que se quiere reformar y de dónde nos encontremos. No es igual arreglar una vivienda unifamiliar que un piso ubicado dentro de una comunidad vecinal. Por otra parte, los permisos los estipulan las ordenanzas locales, por lo que cada ayuntamiento establece las tasas y trámites a llevar a cabo.

Siempre es recomendable consultar con la administración con antelación, para que cuando llegue el momento de hacer la reforma, tengas a la mano toda la documentación requerida por esta. No obstante, si te has puesto en manos de profesionales, será la propia compañía de obras la que se encargue de los trámites.

Aun así, hoy te explicamos cuáles son los permisos necesarios para actuar dentro de la legalidad y evitar sanciones.

Tipos de reformas

Cuando se habla de reformas y sus tipos, el ayuntamiento de Barcelona las clasifica por su índole. Establece la clase de permiso y/o licencia que se necesita según las ordenanzas.

Obra Mayor: debido a su dimensión y complejidad, estos trabajos necesitan un proyecto de obra, como son las modificaciones de fachadas, construcción de nuevas plantas y piscinas y grandes rehabilitaciones de edificios.

Obra Menor: estas son obras más sencillas en lo que respecta a su técnica y son más económicas. Las mismas se clasifican en tres clases:

  • Tipo I: son las reformas que involucran modificaciones parciales a la estructura del edificio, instalación de ascensores, reformas en diversas viviendas de una misma edificación y reformas de locales.
  • Tipo II: reformas que afectan de manera puntual la estructura del inmueble, reformas que conlleven a un cambio en la distribución de la vivienda, etc.
  • Tipo III: reformas de locales, vestíbulos, viviendas y escaleras comunitarias que no comprometen la modificación en la estructura, distribución o fachada del inmueble, por lo que solamente se debe comunicar las actuaciones sin presentar ninguna clase de documentos.

Tipo de permiso según la reforma

Frente a la ejecución de cualquier reforma debes familiarizarte con dos conceptos: la comunicación previa que incorporan los ayuntamientos para las obras que son más sencillas y que no alteran la estructura interna del inmueble; y la licencia de obras, que según el tipo de obra puede ser licencia de obra mayor o de obra menor, donde solamente se modifican elementos decorativos o superficiales.

En lo que respecta a la licencia de obra mayor conlleva al pago de tasas municipales más altas que cuando se trata de una obra menor. De hecho, cualquier reforma que llegue a afectar alguno de los elementos estructurales de la vivienda o que altere su superficie y distribución, queda sujeta a la concesión de esta licencia.

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